{"id":24340,"date":"2019-04-25T14:40:36","date_gmt":"2019-04-25T12:40:36","guid":{"rendered":"http:\/\/www.fundacioorienta.com\/abordaje-psicoterapeutico-en-el-marco-de-la-medida-judicial-para-menores-2\/"},"modified":"2019-04-25T16:14:51","modified_gmt":"2019-04-25T14:14:51","slug":"abordaje-psicoterapeutico-en-el-marco-de-la-medida-judicial-para-menores-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fundacioorienta.com\/es\/abordaje-psicoterapeutico-en-el-marco-de-la-medida-judicial-para-menores-2\/","title":{"rendered":"Abordaje psicoterap\u00e9utico en el marco de la medida judicial para menores"},"content":{"rendered":"\n<style type=\"text\/css\" data-created_by=\"avia_inline_auto\" id=\"style-css-av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c\">\n.flex_column.av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c{\nborder-radius:0px 0px 0px 0px;\npadding:0px 0px 0px 0px;\n}\n<\/style>\n<div  class='flex_column av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c av_one_full  avia-builder-el-0  el_before_av_textblock  avia-builder-el-first  first flex_column_div av-zero-column-padding  '     ><style type=\"text\/css\" data-created_by=\"avia_inline_auto\" id=\"style-css-av-av_hr-7f62e1d8865b1cb77bccda3d7ba5fd0b\">\n#top .hr.hr-invisible.av-av_hr-7f62e1d8865b1cb77bccda3d7ba5fd0b{\nheight:70px;\n}\n<\/style>\n<div  class='hr av-av_hr-7f62e1d8865b1cb77bccda3d7ba5fd0b hr-invisible  avia-builder-el-1  avia-builder-el-no-sibling '><span class='hr-inner '><span class=\"hr-inner-style\"><\/span><\/span><\/div><\/div>\n<section  class='av_textblock_section av-av_textblock-396ddf1f42196ca838231e61a4602801 '   itemscope=\"itemscope\" itemtype=\"https:\/\/schema.org\/BlogPosting\" itemprop=\"blogPost\" ><div class='avia_textblock'  itemprop=\"text\" ><h3><span style=\"color: #808080;\">Abordaje psicoterap\u00e9utico en el marco de la medida judicial para menores<\/span><\/h3>\n<p><em><span style=\"color: #808080;\">L. Feduchi, L. Mauri, J. Ti\u00f3, V. Sastre y P. Ravent\u00f3s<\/span><\/em><\/p>\n<p><span style=\"color: #808080;\"><em>\u00a0<\/em><\/span><\/p>\n<\/div><\/section>\n\n<style type=\"text\/css\" data-created_by=\"avia_inline_auto\" id=\"style-css-av-av_image-bd0e54ba7db9ab60b1536cf67e5ec944\">\n.avia-image-container.av-av_image-bd0e54ba7db9ab60b1536cf67e5ec944 img.avia_image{\nbox-shadow:none;\n}\n.avia-image-container.av-av_image-bd0e54ba7db9ab60b1536cf67e5ec944 .av-image-caption-overlay-center{\ncolor:#ffffff;\n}\n<\/style>\n<div  class='avia-image-container av-av_image-bd0e54ba7db9ab60b1536cf67e5ec944 av-styling- av-img-linked avia-align-left  avia-builder-el-3  el_after_av_textblock  el_before_av_one_full '   itemprop=\"image\" itemscope=\"itemscope\" itemtype=\"https:\/\/schema.org\/ImageObject\" ><div class=\"avia-image-container-inner\"><div class=\"avia-image-overlay-wrap\"><a href=\"https:\/\/www.fundacioorienta.com\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/Feduchi-Luis-10.pdf\" class='avia_image '  target=\"_blank\"  rel=\"noopener noreferrer\" aria-label='F.Orienta_Baixar_PDF'><img decoding=\"async\" fetchpriority=\"high\" class='wp-image-16287 avia-img-lazy-loading-not-16287 avia_image ' src=\"https:\/\/www.fundacioorienta.com\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/F.Orienta_Baixar_PDF-1.jpg\" alt='' title='F.Orienta_Baixar_PDF'  height=\"59\" width=\"36\"  itemprop=\"thumbnailUrl\"  \/><\/a><\/div><\/div><\/div>\n\n<style type=\"text\/css\" data-created_by=\"avia_inline_auto\" id=\"style-css-av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c\">\n.flex_column.av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c{\nborder-radius:0px 0px 0px 0px;\npadding:0px 0px 0px 0px;\n}\n<\/style>\n<div  class='flex_column av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c av_one_full  avia-builder-el-4  el_after_av_image  el_before_av_one_full  first flex_column_div av-zero-column-padding  '     ><section  class='av_textblock_section av-av_textblock-396ddf1f42196ca838231e61a4602801 '   itemscope=\"itemscope\" itemtype=\"https:\/\/schema.org\/BlogPosting\" itemprop=\"blogPost\" ><div class='avia_textblock'  itemprop=\"text\" ><p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">RESUMEN<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">El tratamiento ambulatorio es una de las medidas que pueden imponer los jueces a los menores con conductas delictivas. Este art\u00edculo propone una reflexi\u00f3n sobre la aplicaci\u00f3n de estos tratamientos, partiendo de la experiencia de un programa de salud mental cuya finalidad es atender a adolescentes y j\u00f3venes denunciados a la Justicia. Se analiza como abordar cuestiones como la motivaci\u00f3n y la vinculaci\u00f3n frente a la imposici\u00f3n de la medida, su focalizaci\u00f3n y desarrollo, as\u00ed como la necesidad del trabajo interdisciplinar con los equipos de Justicia Juvenil para realizarlos. PALABRAS CLAVE: medida judicial de tratamiento ambulatorio, psicoterapia con adolescentes, trabajo interdisciplinar.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">ABSTRACT<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">PSYCHOTHERAPEUTIC APPROACH WITHIN THE FRAMEWORK OF JUDICIARY MEASURES FOR MINORS. One of the measures which can be imposed by Spanish juvenile courts on delinquent minors is an outpatient treatment. This paper is a reflection on the application of this kind of treatments in a mental health service for adolescents who have been reported to the juvenile justice system. Several relevant issues involved in these treatments such as personal motivation and bonding facing the imposition of the measure, psychodynamic focus and development, and the need for an interdisciplinary approach, are all examined in this paper. KEY WORDS: outpatient treatment as a judiciary measure, psychotherapy with adolescents, interdisciplinary approach.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">RESUM<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">ABORDATGE PSICOTERAP\u00c8UTIC EN EL MARC DE LA MESURA JUDICIAL PER A MENORS. El tractament ambulatori \u00e9s una de les mesures que poden imposar els jutges als menors amb conductes delictives. Aquest article proposa una reflexi\u00f3 sobre l&#8217;aplicaci\u00f3 d&#8217;aquests tractaments, partint de l&#8217;experi\u00e8ncia d&#8217;un programa de salut mental la finalitat del qual \u00e9s atendre adolescents i joves denunciats a la just\u00edcia. S&#8217;analitza com abordar q\u00fcestions com la motivaci\u00f3 i la vinculaci\u00f3 davant la imposici\u00f3 de la mesura, la seva focalitzaci\u00f3 i desenvolupament, ax\u00ed com la necessitat del treball interdisciplinari amb els equips de just\u00edcia juvenil per portar-los a terme. PARAULES CLAU: mesura judicial de tractament ambulatori, psicoter\u00e0pia amb adolescents, treball interdisciplinari.<\/span><\/p>\n<\/div><\/section><\/div>\n<style type=\"text\/css\" data-created_by=\"avia_inline_auto\" id=\"style-css-av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c\">\n.flex_column.av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c{\nborder-radius:0px 0px 0px 0px;\npadding:0px 0px 0px 0px;\n}\n<\/style>\n<div  class='flex_column av-av_one_full-6126cab7d8fab8d08143dd2dacdf673c av_one_full  avia-builder-el-6  el_after_av_one_full  avia-builder-el-last  first flex_column_div av-zero-column-padding  column-top-margin'     ><section  class='av_textblock_section av-av_textblock-396ddf1f42196ca838231e61a4602801 '   itemscope=\"itemscope\" itemtype=\"https:\/\/schema.org\/BlogPosting\" itemprop=\"blogPost\" ><div class='avia_textblock'  itemprop=\"text\" ><p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">El trabajo en un programa de atenci\u00f3n a la salud mental para adolescentes con medidas judiciales (1) nos ha permitido tanto el acercamiento a la comprensi\u00f3n del fen\u00f3meno de la violencia en estas edades (Feduchi et al., 2006), como la exploraci\u00f3n de las posibilidades de intervenir psicoterap\u00e9uticamente con adolescentes y j\u00f3venes denunciados ante la Ley. La actual Ley Penal del Menor (LORPM), en aplicaci\u00f3n de su esp\u00edritu educativo y rehabilitador adem\u00e1s de sancionador, introduce la posibilidad para los jueces de imponer medidas de contenido terap\u00e9utico. Aqu\u00ed se inscriben medidas tales como el internamiento en centro terap\u00e9utico o el tratamiento ambulatorio (LORPM, art. 7.1.e), sobre el que nos centraremos en este art\u00edculo. La medida de tratamiento ambulatorio consiste en una intervenci\u00f3n terap\u00e9utica, por un tiempo se\u00f1alado en la resoluci\u00f3n judicial, que implica la asistencia a un centro de tratamiento del propio entorno del joven, y el seguimiento de la evoluci\u00f3n de ese tratamiento. Es una medida dirigida a adolescentes y j\u00f3venes que presentan bien problemas de tipo psicol\u00f3gico o psiqui\u00e1trico, o bien problemas de dependencia a t\u00f3xicos. De su ejecuci\u00f3n se encargan los Departamentos de Justicia de las comunidades aut\u00f3nomas, en nuestro caso el Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Ejecuci\u00f3n Penal en la Comunidad y de Justicia Juvenil (DGEPCJJ). En los \u00faltimos a\u00f1os hemos experimentado un notable aumento de la demanda de llevar a cabo este tipo de tratamientos, representando actualmente el 40% de la actividad assistencial que realiza nuestro equipo. La medida de tratamiento ambulatorio es fruto de la decisi\u00f3n judicial que toma en consideraci\u00f3n los informes psicosociales de los t\u00e9cnicos de Justicia que atienden en un primer momento al menor denunciado. Este primer estudio de la situaci\u00f3n del menor, realizado desde la DGEPCJJ, valora la posibilidad de realizar un proceso de mediaci\u00f3n y eval\u00faa las necesidades educativas, sociales y terap\u00e9uticas que orientar\u00e1n la imposici\u00f3n de las medidas judiciales. Si bien cuando el contenido de la medida es un tratamiento de deshabituaci\u00f3n se requiere el consentimiento del menor para su aplicaci\u00f3n, no sucede as\u00ed cuando \u00e9sta se impone por otra problem\u00e0tica de salud mental. En este caso la medida se aplica de la misma forma que cualquier otra, y es por tanto de obligado cumplimiento por parte del o la menor, y su incumplimiento puede ser sancionable y sustituible por otra medida judicial. La medida de tratamiento ambulatorio contar\u00e1 como es preceptivo con la supervisi\u00f3n de un delegado de asistencia al menor (DAM). Su funci\u00f3n es ser el representante de la Justicia ante el menor y el garante de que la medida se cumpla. Se encarga de orientar al menor a los dispositivos asistenciales adecuados para que se realice el tratamiento, velar por su cumplimiento e informar al juez en caso de interrupci\u00f3n. En la mayor\u00eda de ocasiones, el tratamiento ambulatorio se inscribe en el marco de una medida m\u00e1s amplia de libertad vigilada que supone tambi\u00e9n otros contenidos (formativos, educativos, sociales, etc.) que el DAM intentar\u00e1 desarrollar. La intervenci\u00f3n psicoterap\u00e9utica tiene la oportunidad, como analizaremos m\u00e1s adelante, de insertarse en una aut\u00e9ntica estrategia de asistencia interdisciplinar. Algo que consideramos esencial de cara al abordaje de casos y situaciones tan complejas como las que en ocasiones determinan la denuncia de un menor. Como en todas las medidas judiciales, la de tratamiento ambulatorio tambi\u00e9n queda definida por una duraci\u00f3n que impone el juez. Suele ser de alrededor de un a\u00f1o, aunque la \u00abindicaci\u00f3n\u00bb judicial no tiene porque coincidir con la indicaci\u00f3n cl\u00ednica y terap\u00e9utica. El criterio jur\u00eddico tan solo determina su temporalidad, que viene dada por el delito, y no por el diagn\u00f3stico. Su cumplimiento obligado nunca podr\u00e1 exceder la duraci\u00f3n impuesta por el juez, aunque la Ley prev\u00e9 la posibilidad de una finalizaci\u00f3n previa autorizada por \u00e9ste en base a criterios cl\u00ednicos de los que debe ser informado a trav\u00e9s del DAM. En la pr\u00e1ctica, nos hemos adaptado a trabajar en un encuadre temporal determinado por la medida, que permite por su duraci\u00f3n el desarrollo de un proceso psicoterap\u00e9utico de tipo focal. A trav\u00e9s de \u00e9l, como describiremos, la vivencia de imposici\u00f3n se puede ir transformando en una ayuda que permita la aparici\u00f3n del inter\u00e9s y la voluntariedad del menor hacia el tratamiento y, eventualmente su continuaci\u00f3n si se precisa, m\u00e1s all\u00e1 de la finalizaci\u00f3n de la medida. Las propuestas de tratamiento que desde nuestro Programa de atenci\u00f3n se ofrecen para el cumplimiento de este tipo de medidas son fruto de la larga experi\u00e8ncia existente en el Departamento de Salud Mental de la FHSPC en torno a la pr\u00e1ctica de la psicoterapia focal de orientaci\u00f3n psicoanal\u00edtica en la sanidad p\u00fablica. Desde ese punto de partida hemos realizado un importante esfuerzo de adaptaci\u00f3n de este encuadre al trabajo con una poblaci\u00f3n adolescente con caracter\u00edsticas espec\u00edficas, y en el marco de una medida judicial de obligado cumplimiento.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">La cuesti\u00f3n de la motivaci\u00f3n para el tratamiento psicol\u00f3gico. La vivencia de imposici\u00f3n<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">Estamos acostumbrados a considerar la motivaci\u00f3n para el tratamiento como una de las variables importantes para realizar la indicaci\u00f3n. Pero en este campo son m\u00e1s excepcionales las demandas de ayuda que surgen por iniciativa del menor. Si en la adolescencia ya es normal encontrarse con una actitud renuente a apoyarse en el adulto, m\u00e1s lo es en los menores cuya conducta acaba enfrent\u00e1ndolos con la Justicia. A menudo son adolescentes acostumbrados a solucionarse las cosas por su cuenta, mediante comportamientos que suelen ser mezcla de las capacidades que han desarrollado, de las carencias emocionales que arrastran desde su infancia, importantes dosis de desconfianza y, en la mayor\u00eda de los casos, con un gran desconocimiento de las posibilidades de ser atendidos emocionalmente. Este desconocimiento, fruto de la falta de suficientes experiencias previas a este nivel a lo largo de su desarrollo, tiene importantes implicaciones en sus limitacions para sentir, pensar o imaginar relaciones de ayuda, y en consecuencia en su inhabilidad comunicativa. En rigor es un defecto en la capacidad de simbolizaci\u00f3n, pues no hay representaci\u00f3n mental para muchas emociones y sus correlatos de contenci\u00f3n a trav\u00e9s de la relaci\u00f3n (Sandler y Sandler, 1978). No se puede echar de menos aquello que no se ha experimentado, lo cual nos permite entender que la mayor\u00eda de los menores que atendemos no se acerquen por iniciativa propia a la b\u00fasqueda de una ayuda psicol\u00f3gica. La idea de un tratamiento psicol\u00f3gico obligatorio puede parecer contradictoria en su esencia, pero nuestra experiencia nos ha dado sorpresas en este terreno. La sensaci\u00f3n de obligatoriedad est\u00e1 siempre presente en la adolescencia, permanece m\u00e1s cerca de la vivencia de la infancia que en el caso del adulto. La mayor parte de adolescentes son obligados de una u otra forma por sus padres o tutores a acudir al m\u00e9dico o al psic\u00f3logo cuando presentan dificultades, y raramente son ellos mismos los que toman la iniciativa de pedir tratamiento. En estos casos podr\u00edamos entonces no estar tan lejos del modelo en el que el ni\u00f1o o el adolescente es llevado a consulta por sus padres bajo alg\u00fan tipo de chantaje <em>(te<\/em> <em>estas jugando las vacaciones&#8230;, olv\u00eddate de salir por la noche&#8230;)<\/em>. El mensaje de obligatoriedad va dirigido al ni\u00f1o que todav\u00eda se es y al que se \u00abimpone\u00bb un cuidado. Como veremos, la propuesta de tratamiento intentar\u00e1 que los aspectos adultos que tambi\u00e9n constituyen la identidad del menor se interesen por la misma. La motivaci\u00f3n para el tratamiento puede aparecer entonces, en un primer momento, vinculada de forma consciente a la obtenci\u00f3n de beneficios secundarios. La evitaci\u00f3n de medidas m\u00e1s punitivas o el intento de lograr un trato m\u00e1s benevolente por parte de los administradores de la Justicia, le da un sentido m\u00e1s transigente a la presencia del psic\u00f3logo. Podemos incluso pensar que, para los menores que atendemos, el hecho de que el tratamiento venga impuesto por un juez y no por un psiquiatra, les permite acercarse a la primera entrevista sin la etiqueta de \u00abloco\u00bb, cuesti\u00f3n crucial pues, para la mayor\u00eda de ellos, reconocerse con dificultades psicol\u00f3gicas y con necesidades en este \u00e1rea supondr\u00eda una vivencia de cat\u00e1strofe. Una cat\u00e1strofe en la que ya todo estar\u00eda perdido, en la que el desarrollo no ser\u00eda m\u00e1s que una quimera. Al acercarse a la consulta, la ansiedad y los mecanismes de negaci\u00f3n suelen estar presentes. <em>No s\u00e9 porqu\u00e9 me<\/em> <em>han mandado aqu\u00ed, a mi no me pasa nada<\/em>, es un comentario que escuchamos con frecuencia. Tambi\u00e9n se pone de manifiesto la doble asimetr\u00eda a la que se enfrenta el menor al situarse ante un adulto que, a su vez, es especialista en problemas mentales. Es importante tener en cuenta estos aspectos que de una u otra manera afectan al adolescente y pueden mermar su motivaci\u00f3n. Parad\u00f3jicamente, y a pesar de que la obligatoriedad aumenta la asimetr\u00eda de la relaci\u00f3n, les permite acercarse a la consulta con menos ansiedad al delegar en el juez la necesidad de tratarse. As\u00ed, no son ellos quienes sienten la necesidad o las dificultades, y de esta forma se liberan del sentimiento de fracaso en su identidad, tan fr\u00e1gil en estas edades y aun m\u00e1s en esta poblaci\u00f3n con tantas carencias: <em>Vengo porque me lo ha mandado el juez, no porque<\/em> <em>yo lo necesite<\/em>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">El establecimiento del v\u00ednculo terap\u00e9utico<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">Se podr\u00eda decir que la permanencia del menor en un proceso destinado a explorar la posibilidad de una ayuda psicol\u00f3gica se plantea de forma intensa en las primeres entrevistas, cuando hay un mayor grado de desconocimiento mutuo y la fragilidad del v\u00ednculo es m\u00e1xima. Una clave importante para conseguir esa vinculaci\u00f3n es empezar a transformar la obligatoriedad en ayuda ya en esa fase inicial. Partiendo de la informaci\u00f3n que tenemos sobre ellos, les hablamos de la medida como una propuesta de atenci\u00f3n y de ayuda. Sin embargo, como se\u00f1al\u00e1bamos anteriormente, la fuerte asimetr\u00eda que la situaci\u00f3n de entrevista provoca con frecuencia en un menor que se presenta con severes dificultades para soportar y\/o mentalizar sentimientos de vulnerabilidad, a menudo va a estimular todo un repertorio de actitudes defensivas y de \u00abautosoporte\u00bb. Silencios, actitudes arrogantes y de autosuficiencia si no claramente despreciativas y de desvalorizaci\u00f3n manifiesta hacia lo psicol\u00f3gico, expresiones de desconfianza, exhibiciones de la conducta delictiva, etc. suelen ser moneda corriente en los primeros encuentros. El respeto hacia estos comportamientos sobre los que se sostiene para el menor el sentimiento de identidad, es condici\u00f3n necesaria para el establecimiento de un vinculo inicial, siendo necesario ajustar nuestro encuadre a las caracter\u00edsticas espec\u00edficas de esta poblaci\u00f3n. Ser\u00e1 importante manejar los silencios de forma que nunca se apoderen de la entrevista, pues exacerban la vivencia de asimetr\u00eda. Estimular la comunicaci\u00f3n a trav\u00e9s de una postura activa que muestre un sincero inter\u00e9s por lo que exploramos. Explicar con la m\u00e1xima claridad nuestra funci\u00f3n, aprovechando los resquicios de reflexi\u00f3n cr\u00edtica que podamos ir detectando, evitando la seducci\u00f3n y el \u00abcoleguismo\u00bb. Encajar los ataques que se puedan hacer al encuadre con capacidad de contenci\u00f3n. Y siempre que estimemos necesario ejercitar la defensa del mismo se\u00f1alando los l\u00edmites, hacerlo con sumo cuidado de que el menor no se pueda sentir menospreciado. Habr\u00e1 que ser \u00e1giles para responder dando \u00abacuse de recibo\u00bb cuando alg\u00fan tipo de demanda emocional pueda manifestarse, sin esperar en ese momento mayores grados de reconocimiento por su parte. Tambi\u00e9n ser\u00e1 importante ser respetuosos y atender las muestras de incomodidad que pueden aparecer durante las entrevistas, pues pueden ser expresi\u00f3n de diferentes niveles de ansiedad. No son infrecuentes, por ejemplo, las demandas de darlas por acabadas antes de tiempo. Pueden ser demandas que indiquen una viv\u00e8ncia de vinculaci\u00f3n superficial con el entrevistador, de haber cumplido ya con el tr\u00e1mite, con el expediente al que se les ha obligado a asistir. Pero en la mayor\u00eda de ocasiones nos han parecido manifestaciones de Fuertes ansiedades claustrof\u00f3bicas que avisan al sujeto del riesgo de desequilibrios emocionales si la entrevista se mantiene m\u00e1s all\u00e1 de ese punto. Decidir en qu\u00e9 momento aceptar esta propuesta, o invitar al menor a explorar algo m\u00e1s sus posibilidades de desarrollar capacidades de contenci\u00f3n, es parte del arte de nuestro trabajo. En muchos casos, mayoritariamente en los que la viol\u00e8ncia familiar est\u00e1 implicada, la vivencia del menor suele estar asociada a la de ser el chivo expiatorio de din\u00e1micas familiares altamente conflictivas, en las que tampoco es infrecuente recoger relatos sobre conductes violentas por parte de los padres. Esto provoca un sentimiento de injusticia en relaci\u00f3n con la medida, y consideramos importante en esas etapas iniciales evitar la confusi\u00f3n que puede aparecer si el tratamiento queda asociado a castigo, lo que puede estar f\u00e1cilmente determinado por el hecho de que la indicaci\u00f3n inicial del tratamiento proviene del estamento judicial. Por ello en esta fase intentamos realizar otro paso, volver al carril sanitario, subrayando la idea de ayuda, intentando comprender el sufrimiento o el malestar del menor all\u00ed donde \u00e9l lo localice. Con frecuencia ese malestar tan solo es reconocido en relaci\u00f3n con el impacto \u00abtraum\u00e1tico\u00bb provocado por la aparici\u00f3n de la Justicia. Es algo que intentamos recoger y tan solo de forma gradual iremos introduciendo nuestra idea de foco, del que hablaremos m\u00e1s adelante. En nuestra experiencia hemos podido tambi\u00e9n comprovar como el hecho de presentarnos como especialistes en el campo de la justicia juvenil, permite a los menores mantener la fantas\u00eda de pertenencia al \u00abgrupo de los infractores\u00bb, cosa que resulta mucho m\u00e1s tolerable para ellos que la pertenencia al \u00abgrupo de los locos o de los pringaos\u00bb. Seguramente a esta situaci\u00f3n podr\u00edan verse forzados si la propuesta de consulta se hiciera desde otra v\u00eda ajena al \u00e1mbito de la Justicia. Creemos que a esto se debe en parte el inter\u00e9s que muchas veces demuestran por saber a cu\u00e1les de sus <em>colegas <\/em>tratamos. M\u00e1s all\u00e1 de la curiosidad alimentada por los celos, puede expresar la necesidad de sentirse formando parte de un grupo, como refuerzo de su sentimiento de identidad. En las entrevistas observamos (un tatuaje, la vestimenta, las actitudes relacionadas con sus comportamientos delictivos \u2013violencia, enga\u00f1o, invasi\u00f3n de la intimidad, etc.\u2013), exploramos (el delito, la culpa, el <em>insight<\/em>, sus aspectos capaces, etc.), hacemos hip\u00f2tesis sobre lo que hemos observado y explorado, y tratamos de detectar \u00e1reas en las que el adolescente est\u00e9 interesado. Tambi\u00e9n siempre que sea posible llevamos a cabo una entrevista con la familia, que nos da m\u00e1s informaci\u00f3n anamn\u00e9sica y nos permite hacer hip\u00f3tesis evolutivas. Que el menor se sienta respetado en las entrevistes nos permitir\u00e1 la construcci\u00f3n, con su colaboraci\u00f3n, de un sentido para plantear la continuidad de las mismas. La propuesta de tratamiento debe definirse aprovechan- do los niveles de <em>insight <\/em>observados, dirigi\u00e9ndose y tratando de interesar a sus partes adultas m\u00e1s evolucionadas. Que pueda percibir que \u00abnos ponemos de su parte\u00bb, de su parte interesada en conseguir un mayor grado de bienestar emocional. La propuesta que le hagamos debe ser coherente con los objetivos planteados, que deben ser explicitados. Las posibilidades del menor para imaginar un proceso pueden ser muy limitades y tal vez al principio sean necesarias ayudas externes para acompa\u00f1arlo al tratamiento. Por tanto, explicar el sentido de las entrevistas resulta imprescindible para que cierta idea de proceso pueda irse generando. Si conseguimos interesarle, que no seducirle, hay m\u00e1s posibilidades de que el tratamiento sea viable.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">El tratamiento: focalizaci\u00f3n y desarrollo<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">Una vez realizado el proceso diagn\u00f3stico, se elabora una comprensi\u00f3n din\u00e1mica que permita la construcci\u00f3n de un foco alrededor de un determinado interjuego de ansiedades y defensas, y formalizamos la propuesta de tratamiento que en muchos casos ser\u00e1 una psicoterapia de orientaci\u00f3n din\u00e1mica de frecuencia semanal, y cuando se vea necesario, combinada con un tratamiento farmacol\u00f3gico. Esta propuesta se le comunica al menor, a la familia, que puede quedar incluida o no en la propuesta y de la que intentaremos conseguir colaboraci\u00f3n, y al DAM responsable de la supervisi\u00f3n de la medida, con el que mantendremos una coordinaci\u00f3n. Esta queda expl\u00edcitamente incluida en el encuadre cuando hacemos la propuesta de tratamiento, diferenci\u00e1ndola del respeto a la confidencialidad. Pensamos que esto contribuye a la claridad de dicho encuadre, discriminando funciones: el terapeuta realiza el tratamiento, el DAM se cuida de su realizaci\u00f3n. Cuando le mostramos el foco al menor intentamos utilizar un lenguaje pr\u00f3ximo, sirvi\u00e9ndonos de las \u00e1reas en las que hemos detectado un mayor <em>insight <\/em>o una menor negaci\u00f3n por su parte, y nos aseguramos de la inclusi\u00f3n de sus aspectos m\u00e1s sanos, sus aspectos yoicos m\u00e1s desarrollados, las \u00e1reas de su personalidad m\u00e1s pr\u00f2ximes a la posibilidad de recuperar l\u00edneas de desarrollo. Y le explicamos como esto \u00faltimo puede quedar dificultado por sus ansiedades y su organizaci\u00f3n defensiva. Como ya se ha dicho y creemos que es nuclear, pretendemos as\u00ed estimular su inter\u00e9s y facilitar su percepci\u00f3n de una oferta que se pone al lado de su desarrollo, facilitando la aparici\u00f3n de una alianza terap\u00e9utica. En la mayor\u00eda de los casos el delito no aparece de forma central en el foco, su relaci\u00f3n con \u00e9l es colateral. Las actuaciones delictivas acostumbran a ser fen\u00f3menos reactivos (Feduchi et al., 2006), tan vinculados a las dificultades del menor como a las respuestas incontinentes o insuficientes de su entorno, como vemos en la siguiente vi\u00f1eta: \u00abFerran fue denunciado por violencia familiar y sancionado con una medida de libertad vigilada y tratamiento ambulatorio. A lo largo de las entrevistas diagn\u00f3sticas se mantuvo en una protot\u00edpica actitud de <em>solo<\/em> <em>vengo porque me lo ha dicho el juez, pero ya que estoy aqu\u00ed te voy<\/em> <em>a contar\u2026 <\/em>A trav\u00e9s de ellas pudimos empezar a comprender su situaci\u00f3n. Ferran intentaba manejar sus sentimientos de inseguridad a trav\u00e9s de un car\u00e1cter orgulloso y de una serie de actividades encaminadas a conseguir una apariencia f\u00edsica imponente. Diferentes hitos biogr\u00e1ficos ayudaban a entender esta evoluci\u00f3n. La desconfianza de su madre hacia \u00e9l le desesperaba y parec\u00eda estar relacionada con sus agresiones hacia ella. Pero lo que Ferran desconoc\u00eda en ese momento era que una profunda desconfianza tambi\u00e9n surg\u00eda de su propio interior, y que exist\u00eda otra manera de \u00abfortalecerse\u00bb a trav\u00e9s del crecimiento y del aprendizaje. Han sido varios los autores (Winnicott, 1956; Feduchi, 1986) que han subrayado como la actuaci\u00f3n delictiva en la adolescencia es, en ocasiones, un indicador de b\u00fasqueda, una muestra de esperanza. Algo que la diferencia de la psicopatolog\u00eda conductual que expresa una ausencia de esperanza. Esto apuntar\u00eda a la exist\u00e8ncia de una demanda inconsciente, relacionada en \u00faltima instancia con necesidades de identidad, de desarrollo, de apego, de seguridad, etc. Diatkine (1989) describe la situaci\u00f3n del joven trasgresor frente a las posibilidades de tratamiento en oposici\u00f3n a la del paciente neur\u00f3tico: si en este \u00faltimo la demanda de ayuda es manifiesta y la resistencia al cambio inconsciente, en aqu\u00e9l suceder\u00eda al rev\u00e9s: una resistencia manifiesta frente a una demanda inconsciente. La oferta de tratamiento que realizaremos al menor intentar\u00e1 entonces ponerse a favor de esta b\u00fasqueda que de forma inconsciente intenta la satisfacci\u00f3n de necesidades emocionales. Nos presentaremos como aliados para intentar modificar la constante sensaci\u00f3n de <em>salir siempre perdiendo<\/em>, tal como lo expresaba un joven paciente. Desde la organizaci\u00f3n defensiva del menor, los sentimientos suelen tratarse como debilidades, perdiendo as\u00ed su potencial capacidad para orientar estrategias encaminades a la satisfacci\u00f3n de necesidades. La ansiedad que deriva de la vida emocional deja de ser un motor del pensamiento, sencillamente es algo de lo que hay que desprenderse a trav\u00e9s de la actuaci\u00f3n. As\u00ed, si no se soporta el sentimiento de inseguridad, se pierde la posibilidad de pensar en los riesgos; si no se puede echar de menos, se pierde la informaci\u00f3n sobre lo que se necesita&#8230; El sentimiento de identidad todav\u00eda precario en la adolescencia dificulta la contenci\u00f3n de ansiedades. La mayor comprensi\u00f3n sobre las emociones que el tratamiento pueda ir introduciendo catalizar\u00e1 la aparici\u00f3n de representaciones mentales con capacidad para contener la ansiedad (la necesidad, la frustraci\u00f3n) y modular la respuesta defensiva (Fonagy y Target, 1999). Disminuye el refugio en la omnipotencia y la negaci\u00f3n de la realidad, a las que muchos menores necesitan acudir para sostenerse ps\u00edquicamente. En ocasiones esta tarea adquiere tintes casi pedag\u00f3gicos, y le intentamos explicar al menor la importancia que pueden tener para \u00e9l sus sentimientos, como mostramos en la siguiente vi\u00f1eta del mismo caso: \u00abEn una sesi\u00f3n de su tratamiento, Ferran empieza a mostrarse algo m\u00e1s cr\u00edtico con sus reacciones violentas. <em>La verdad es que a la m\u00ednima salto, algunos t\u00edos son insuportables<\/em> <em>y enseguida saco el pu\u00f1o\u2026 y sacar el pu\u00f1o ya son palabras<\/em> <em>mayores<\/em>. El terapeuta le comenta que probablemente lo que pueden resultarle insoportables son algunos de sus propios sentimientos. Gradualmente, en la sesi\u00f3n se pueden acercar a sus sentimientos de p\u00e9rdida. <em>Yo siempre<\/em> <em>me he tragado las l\u00e1grimas y he puesto el hombro para que mi<\/em> <em>madre y mi hermana lloraran\u2026 <\/em>En otra sesi\u00f3n, el reconocimiento de su actitud intimidante en las relaciones sirve para comprender mejor una de las fuentes de su desconfianza. <em>Cuando me dicen que s\u00ed, no s\u00e9 si es porque me lo<\/em> <em>merezco o es para que no haya problemas<\/em>. Poder diferenciar mejor entre sus leg\u00edtimas reivindicaciones y la exig\u00e8ncia que proviene de su intolerancia, que muchas veces se ha venido manifestando en forma de violencia, parece serle \u00fatil\u00bb. En los casos con delitos graves, aquellos en los que la conducta delictiva ha supuesto alg\u00fan tipo de da\u00f1o irreparable, no s\u00f3lo es la culpa lo que se convierte en un importante obst\u00e1culo. En algunos menores no existent estructuras mentales para contener e incluso llegar a representarse el sentimiento de culpa. Entonces, el impacto traum\u00e1tico de una experiencia de estas caracter\u00edsticas determina principalmente un incremento de las dificultades para diferenciar fantas\u00eda de realidad. Si sentir es equivalente a hacer, las posibilidades de reconocer los sentimientos disminuyen pues se evocar\u00edan respuestas de intensa ansiedad. El proceso terap\u00e9utico va a intentar frenar o invertir esta inercia, reforzando la discriminaci\u00f3n entre fantas\u00eda y realidad, y permitiendo la recuperaci\u00f3n y el desarrollo de la capacidad de pensar. El aumento en la capacidad de contenci\u00f3n emocional permitir\u00e1 la recuperaci\u00f3n de introyecciones arcaicas y la conexi\u00f3n con l\u00edneas de desarrollo interrumpidas. La verg\u00fcenza, por ejemplo, es una importante interfer\u00e8ncia para los procesos de aprendizaje (Salzberger et al, 1989). Importantes \u00e1reas de analfabetismo funcional son mantenidas por los menores en secreto, y su import\u00e0ncia negada con m\u00faltiples racionalizaciones, como descubrimos a trav\u00e9s de su tratamiento en un jovent inteligente de 17 a\u00f1os que desconoc\u00eda la secuencia de los meses del a\u00f1o. La negaci\u00f3n que se realiza desde el refugio en la omnipotencia puede llegar al extremo que confesaba otro joven <em>\u2026yo me invento lo que haga falta&#8230;<\/em> Cualquier propuesta que implique un proceso directo de aprendizaje en forma de cursos o cursillos puede despertar fuertes ansiedades claustrof\u00f3bicas en muchos de ellos, lo mismo que puede suceder con el propio tratamiento. Comunicar un inter\u00e9s supone tambi\u00e9n para el menor arriesgarse a contactar con el afecto de una expectativa y el consiguiente temor a la p\u00e9rdida asociado a ella. Que la amenaza de la p\u00e9rdida pueda ser utilizada por los adultos para manipularlo o controlarlo de alguna manera es un factor que muchas veces inhibe la comunicaci\u00f3n m\u00e1s abierta de sus intereses. <em>Si ven que quieres algo,<\/em> <em>entonces ya te lo quitan si despu\u00e9s t\u00fa no haces lo que te mandan\u2026<\/em> Aqu\u00ed adquiere especial importancia que el menor se halle inmerso en una medida judicial que, m\u00e1s all\u00e1 del tratamiento psicoterap\u00e9utico, supone tambi\u00e9n la atenci\u00f3n a sus necesidades educativas y psicosociales. El DAM realiza propuestas en estas \u00e1reas, por lo que los logros que se vayan consolidando en los diferentes processos que propicia la medida se pueden ir reforzando unos a otros. El proceso que intentamos establecer propicia una relaci\u00f3n de confianza. Como ya hemos visto en un inicio, apoy\u00e1ndonos tan solo en el respeto a las actitudes defensivas del menor, en sus aspectos sanos detectados y en la paulatina introducci\u00f3n de una funci\u00f3n reflexiva. A medida que el tratamiento se desarrolla, la calidad de la comunicaci\u00f3n puede ir aumentando y permitiendo la progresiva aparici\u00f3n de m\u00e1s aspectos sanos (intereses, reconocimiento de sentimientos, capacidades de cuidar, etc.), que ser\u00e1 importante recoger para fortalecer identidades positivas. Tal como tambi\u00e9n se\u00f1alan otros autores (M\u00e0le, 1980) este reconocimiento constituye uno de los pilares del tratamiento. A menudo, a lo largo del proceso se producen ausencias del menor, que tanto pueden obedecer a su funcionamiento defensivo habitual, como a resistencias o dificultades espec\u00edficas que el propio proceso terap\u00e9utico est\u00e9 generando, o ser un tanteo que explora los l\u00edmites que el incumplimiento puede tener. Cuando esas ausencias al tratamiento comprometan su continuidad, el DAM le recuerda al menor la importancia de su asistencia. Esto obviamente se relaciona con las obligaciones legales que el cumplimiento de una medida exige, pero su funci\u00f3n educativa-formativa le permite intervencions que puedan ser percibidas por el menor como inter\u00e9s y como cuidado, ayud\u00e1ndole a contactar con la realidad de su situaci\u00f3n judicial y record\u00e1ndole los l\u00edmites de la misma. El trabajo en red permite tanto al DAM como\u00a0 al terapeuta compartir una visi\u00f3n del menor que imprima coherencia a sus respectivas intervenciones, y estar informados de las etapas que el menor est\u00e1 viviendo en cada uno de sus procesos. Como hemos se\u00f1alado, para la mayor\u00eda de los casos el final del tratamiento suele coincidir con el de la medida. Consideramos importante en esta fase explicitar una descripci\u00f3n del proceso, recordando el foco planteado al inicio y reconociendo de forma realista los objetivos conseguidos, intentando reforzar de esta forma tanto la vivencia de continuidad como la de una experiencia de crecimiento y capacitaci\u00f3n. Cuando se produce una interrupci\u00f3n sin despedida nos apoyamos en la figura del DAM, para propiciar la posibilidad de una revinculaci\u00f3n posterior del caso. Al acabar planteamos la posibilidad de alguna entrevista de seguimiento, que algunos j\u00f3venes utilizan en otros momentos de su evoluci\u00f3n o para compartir con nosotros algunos de sus logros. Nuestra experiencia es que la tasa de interrupciones ha ido disminuyendo con el tiempo y pensamos que tambi\u00e9n ha podido contribuir a ello nuestro propio entrenamiento.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">El trabajo interdisciplinar<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">Cuando hablamos de trabajo interdisciplinar nos estamos refiriendo a la necesidad de coordinaci\u00f3n entre los <\/span><span style=\"color: #808080;\">diferentes profesionales que atienden al menor. Para nosotros esa coordinaci\u00f3n es esencial, pues tan solo una estrategia global con alg\u00fan sentido para el menor, fruto de una cuidadosa evaluaci\u00f3n, podr\u00e1 facilitar la transformaci\u00f3n de la imposici\u00f3n judicial en un sentimiento de cuidado, y el tr\u00e1nsito de lo obligatorio a lo voluntario. Son tres los aspectos de esa coordinaci\u00f3n que pretendemos destacar por su importancia: la relaci\u00f3n entre las diferentes disciplinas que representan a los diversos \u00e1mbitos que intervienen (sanitario, judicial y educativo); el cuidado y contenci\u00f3n de los aspectos de la realidad externa del menor, y el manejo de la informaci\u00f3n. Para el terapeuta, la funci\u00f3n del DAM como nexo de uni\u00f3n entre la Justicia y la Sanidad es de suma importancia, pues le permite centrarse en el tratamiento con la tranquilidad de saber que el aspecto judicial est\u00e1 atendido, le protege de incidencias judiciales y le libera del contacto directo con el juez, lo que contaminar\u00eda de forma indeseable el curso del tratamiento (presencia en juicios, informes del contenido del tratamiento, etc.). No podemos olvidar que en la mayor\u00eda de casos estos chicos provienen de entornos carenciales y que, por tanto, muchas de sus necesidades (f\u00edsicas, emocionales, educativas, sociales, etc.) no est\u00e1n suficientemente cubiertas. A menudo viven en situaciones de falta o ausencia de l\u00edmites, ejerciendo funciones adultas antes de tiempo, quedando as\u00ed descuidadas necesidades b\u00e1sicas de su desarrollo. La desatenci\u00f3n de esas necesidades (padres en prisi\u00f3n, no saber si encontrar\u00e1n a alguien al volver a casa, tenerse que hacer cargo de hermanos m\u00e1s peque\u00f1os, etc.) obstaculiza sobremanera sus posibilidades de vinculaci\u00f3n. En estos casos, para el terapeuta es necesario contar con la colaboraci\u00f3n de otros profesionales que atiendan la realidad externa, ya que trabajar\u00e1 con la seguridad de que \u00e9sta est\u00e1 contenida y atendida, y solo de esta manera podr\u00e1 dedicarse de lleno al trabajo de observaci\u00f3n y comprensi\u00f3n del mundo interno del adolescente, teniendo en cuenta las fantas\u00edas, ansiedades, defensas y sentimientos de su paciente. En caso contrario, el terapeuta se sentir\u00eda constantemente invitado a salirse de sus funciones intentando realizar el trabajo que nadie hace, con el consiguiente resultado de no llevar a cabo bien ninguna de las dos tareas (Ti\u00f3, 2006). La relaci\u00f3n con los profesionales de Justicia (DAM, educadores, etc.) tiene unas caracter\u00edsticas especiales, ya que sus funciones se sit\u00faan ante nosotros entre lo parental y lo profesional, sobre todo en los casos donde son el principal referente adulto para el menor y los depositarios de su situaci\u00f3n. Este aspecto afecta principalment al tema de la informaci\u00f3n que les damos sobre los menores, teniendo en cuenta que el trato que se da a la misma es muy diferente en el \u00e1mbito de la Justicia y en el de la Sanidad. En el primero se caracteriza por ser p\u00fablica, mientras que en el mundo de la sanidad prevalece la privacidad. As\u00ed, el terapeuta deber\u00e1 encontrar un equilibrio entre el cuidado y respeto a la confianza que han depositado en \u00e9l sus pacientes, y la necesidad de informaci\u00f3n que tienen los profesionales que les atienden. El principio b\u00e1sico en el que nos basamos es en el de informar sin faltar a la privacidad, con la intenci\u00f3n de que la informaci\u00f3n que demos sea de utilidad y facilite la comprensi\u00f3n de las motivaciones y conductas del menor por parte de los profesionales que le atienden, y que les pueda ser beneficiosa tanto en su relaci\u00f3n con \u00e9l como en la b\u00fasqueda de los recursos educativos u ocupacionales m\u00e1s adecuados. Cada disciplina tiene sus objetivos y su metodolog\u00eda, pero el conocimiento sobre los diferentes aspectos motivacionales de la conducta del menor facilita la elecci\u00f3n de estrategias de intervenci\u00f3n, y modula la ansiedad de los profesionales a la hora de tener que dar respuestas a las diferentes situacions imprevistas que se les pueden plantear (Soriano et al., 1999). Debemos tener presente que, a veces, mucha informaci\u00f3n puede interferir m\u00e1s que ayudar.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">Conclusiones<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">El abordaje psicoterap\u00e9utico de menores con medida de tratamiento ambulatorio es, a menudo, factible y eficaz. Hemos constatado que la ausencia inicial de motivaci\u00f3n consciente para tratarse no es un impedimento insalvable para llevar a cabo una intervenci\u00f3n psicoterap\u00e8utica con ellos, siendo necesario hacer algunas modificacions t\u00e9cnicas en nuestro encuadre habitual para potenciar el v\u00ednculo y el desarrollo del proceso terap\u00e9utico en esta poblaci\u00f3n, caracterizada por su fuerte tend\u00e8ncia a la actuaci\u00f3n. No podemos olvidar que la sociedad tambi\u00e9n est\u00e1 obligada a ofrecer a los menores una oportunidad de atenci\u00f3n y ayuda. Nuestra intenci\u00f3n es introducir la idea de aprovechar la posibilidad que con esta medida se plantea, construyendo con nuestros j\u00f3venes pacientes un sentido para la experiencia que les proponemos, m\u00e1s all\u00e1 del que en un inicio suele tener para ellos: el mero cumplimiento de una medida judicial que les libra de otras medidas m\u00e1s severas como el internamiento. Si la obligatoriedad va dando paso paulatinamente a un sentimiento de atenci\u00f3n y ayuda, y conseguimos dirigirnos al adolescente que hay m\u00e1s all\u00e1 del trasgresor, aumentar\u00e1n las posibilidades que el tratamiento sea exitoso. Obviamente \u00e9sta no es tarea f\u00e1cil, y de alguna manera se desarrolla a lo largo de todo el proceso terap\u00e9utico.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">Notas<\/span><\/strong><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li><span style=\"color: #808080;\">Programa que lleva a cabo el Equipo de Atenci\u00f3n al Menor (EAM) de la Fundaci\u00f3n Hospital Sant Pere Claver (FHSPC) de Barcelona.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #808080;\">LORPM: Ley Org\u00e1nica 5\/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, publicada en el BOE, n\u00ba 11, de 13 de enero de 2000, p\u00e1gs. 1422 a 1441.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #808080;\">Memoria del EAM del a\u00f1o 2006.<\/span><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">Agradecimientos<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">A los distintos equipos y profesionales de la DGEPCJJ del Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya con los que hemos venido y estamos colaborando (SMAT, Medio Abierto y Centros Educativos), por la valiosa ayuda que siempre nos han prestado para llevar a cabo nuestra asistencia a la salud mental de estos adolescentes. Nuestro agradecimiento tambi\u00e9n a B. V\u00e1zquez, J. L. P\u00e9rez, V. Llibrer, y J. A. Pla, compa\u00f1eros recientemente incorporados a nuestro equipo, por sus aportaciones en la discusi\u00f3n previa a la redacci\u00f3n final de este art\u00edculo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #808080;\">Bibliograf\u00eda<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">DIATKINE, G. (1989). La Psicopat\u00eda en el ni\u00f1o y en el adolescente. En: Levobici S., Diatkine R., Soul\u00e9 M. (1995). <em>Tratado de psiquiatr\u00eda del ni\u00f1o y del adolescente<\/em>, vol. 3. Madrid, Biblioteca Nueva.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">FEDUCHI, L. (1986). Actuaci\u00f3n y adolescencia. <em>Cuadernos de Psiquiatr\u00eda y Psicoterapia, <\/em>2.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">FEDUCHI, L.; MAURI, L.; RAVENTOS, P.; SASTRE, V.;<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">TI\u00d3, J. (2006). Reflexiones sobre la violencia en la adolescencia. <em>Psicopatol Salud Ment<\/em>, 8, 19-26.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">FONAGY, P.; TARGET, M. (1999). Towards understanding violence: the use of the body and the role of the father. En: Perelber, R.J. (1999): <em>Psychoanalitic understanding<\/em> <em>of violence and suicide<\/em>. Londres, Routledge.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">M\u00c0LE, P. (1980). <em>Psicoterapia del Adolescente<\/em>. Barcelona, Planeta.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">SANDLER, J.; SANDLER, A.M. (1978). On the development of object relationships and affects. <em>Int Jour of<\/em> <em>Psycho &#8211; Analysis<\/em>, 59, citados por Fonagy, P. (2004) en <em>Teor\u00eda del Apego y Psicoan\u00e1lisis<\/em>. Barcelona, Espaxs.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">SALZBERGER-WITTENBERG, I ; HENRY, G.; OSBORNE, E. (1989). <em>L\u00b4experi\u00e8ncia emocional d\u00b4ensenyar i aprendre<\/em>. Barcelona, Edicions 62.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">SORIANO, A; TI\u00d3, J; MAURI, L. (1999). Adolescents i Llei. <em>Libro de Actas de las III Jornadas del Departamento de<\/em> <em>Psiquiatr\u00eda y Psicolog\u00eda de la Fundaci\u00f3n Hospital Sant Pere<\/em> <em>Claver<\/em>, Barcelona.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">TI\u00d3, J. (2006). <em>Salud Mental y Justicia Juvenil, en La Continuidad de Cuidados y el Trabajo en Red en Salud mental. <\/em>Leal J y Escudero A. (coordinadores). Madrid, AEN, Estudios 35, 303-326.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #808080;\">WINNICOTT, D.W. (1956). The antisocial tendency. En: Winnicott, D.W. (1990) <em>Deprivation and delinquency<\/em>. NY, Routledge. Traducci\u00f3n (1991): <em>Deprivaci\u00f3n y delincuencia<\/em>. Buenos Aires, Paid\u00f3s.<\/span><\/p>\n<\/div><\/section><\/div><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>L. Feduchi, L. Mauri, J. Ti\u00f3, V. Sastre y P. 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